El cambio modifica el esquema que había sido aprobado por la Cámara de Diputados, donde se establecía que el desplazamiento de las autoridades del Banco Central debía contar con el respaldo de ambas cámaras del Congreso y reunir dos tercios de los votos.
Con el nuevo mecanismo, serán necesarios 37 votos sobre los 72 integrantes del Senado para designar o remover a los miembros del directorio, incluido su presidente. Además, la Cámara de Diputados quedará fuera del procedimiento, que será competencia exclusiva de la Cámara alta.
La modificación fue incorporada durante las negociaciones entre La Libertad Avanza y bloques aliados y dialoguistas. El sistema de dos tercios había sido uno de los puntos que generó mayores diferencias durante el tratamiento de la iniciativa en el Senado.
El proyecto que había recibido media sanción contemplaba un esquema más exigente para la remoción de las autoridades. Además del requisito de dos tercios en ambas cámaras, establecía causales específicas para el desplazamiento del presidente, el vicepresidente y los directores de la entidad.
La legislación vigente establece otro mecanismo. Actualmente, el Poder Ejecutivo puede remover a las autoridades del Banco Central por incumplimiento de determinadas disposiciones o por las causales previstas en la ley, luego de la intervención de una comisión del Congreso cuyo dictamen no tiene carácter vinculante.
La reforma impulsada por el Gobierno trasladaba esa decisión al Congreso y elevaba considerablemente el nivel de consenso parlamentario necesario para concretar una remoción. Con la modificación acordada en el Senado, se mantiene una mayoría especial, pero se reduce el número de votos requeridos y se concentra el procedimiento en una sola cámara.
El resto de los principales ejes de la reforma se mantiene. Entre ellos figura la preservación del valor de la moneda como misión principal del Banco Central y la incorporación de restricciones al financiamiento del Tesoro por parte de la autoridad monetaria.
La iniciativa también busca modificar las condiciones bajo las cuales el Banco Central puede intervenir en el financiamiento del sector público. Estos cambios forman parte de los objetivos centrales planteados por el Gobierno para la reforma de la Carta Orgánica.
Como el Senado introducirá modificaciones respecto del texto aprobado por Diputados, el proyecto no quedará convertido en ley tras su tratamiento en la Cámara alta. Una vez aprobado, deberá regresar a Diputados para que los legisladores analicen los cambios y definan el texto definitivo.
Para el Gobierno, la reforma constituye una modificación estructural del funcionamiento del Banco Central y busca establecer límites al financiamiento monetario del gasto público, además de fijar nuevas condiciones para la designación y remoción de sus autoridades.









