A partir de la nueva disposición, la presentación podrá realizarse hasta el 22 de septiembre de 2026 inclusive. De esta manera, se extiende varias semanas el plazo que originalmente vencía el 27 de agosto.
La medida fue establecida mediante la Resolución 5890/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza tanto a los contribuyentes que se encuentran bajo el régimen general como a quienes están comprendidos en el Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Además, ARCA modificó el vencimiento correspondiente al primer anticipo del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2026. La fecha, prevista inicialmente para agosto, fue trasladada al 24 de septiembre de 2026, inclusive.
De esta manera, los contribuyentes alcanzados contarán con un plazo adicional para cumplir tanto con la declaración jurada de Ganancias correspondiente al ejercicio 2025 como con el primer anticipo del período fiscal 2026.
En cambio, no se modificó el calendario correspondiente al Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2025. Para este tributo, el vencimiento continúa establecido para el 27 de julio.









